Alimentos en el Convenio de Divorcio
En cualquier trámite de divorcio en Quintana Roo, el convenio debe indicar claramente el modo de atender las necesidades de niñas, niños y adolescentes. No basta con fijar una cantidad; es vital especificar la forma, lugar y fecha de pago de la obligación alimentaria.
Garantía de Cumplimiento
Para mayor seguridad del acreedor alimentario, la ley exige que el convenio establezca una garantía suficiente para asegurar el debido cumplimiento de la obligación (puede ser mediante depósito, prenda, hipoteca o fianza).
Conceptos que integran la Pensión
- Alimentación y nutrición diaria.
- Ropa y calzado.
- Habitación (vivienda).
- Asistencia médica y hospitalaria.
- Gastos de educación y formación profesional.
Preguntas Frecuentes
Todo sobre el derecho a recibir y la obligación de dar alimentos.
¿El convenio debe incluir la obligación alimentaria?
Sí, es un requisito legal indispensable en procesos de divorcio o controversias familiares donde existan hijos menores.
¿Se requiere una garantía de cumplimiento?
Sí, el convenio debe establecer una garantía que asegure que los pagos se realizarán de forma ininterrumpida.
¿Puede modificarse la pensión alimenticia?
Sí, siempre que cambien las posibilidades del que da o las necesidades del que recibe los alimentos.
¿La pensión incluye gastos escolares?
Totalmente. Los alimentos comprenden todo lo necesario para la instrucción y aprendizaje de un oficio o profesión.
Fuentes oficiales
Contenido basado en disposiciones del Código Civil de Quintana Roo: